LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE CONFIRMA APLICACION DE DAÑO PUNITIVO CONTRA
- 20 mar 2018
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El pasado 5 de diciembre de 2017, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe resolvió rechazar la queja interpuesta por el Banco de Galicia S.A. contra el auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad que interpusiera contra la resolución dictada por la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial con sede en la ciudad de Santa Fe, por lo que quedó firme la sentencia que lo condenó a pagar a un consumidor una importante suma en concepto de daño punitivo o multa civil.
Ello fue resuelto en los autos "BORRA, Gaspar Carlos contra BANCO DE GALICIA S.A. - Sumarísimo - (CUIJ 21-00509951-7)” (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00511515-6), en los que resolvió la ilegitimidad de un concepto (“cargo por exceso de límite de compra”) que el Banco demandado cobró al reclamante sin que tal concepto hubiera sido previamente convenido entre las partes.
Para resolver de esa manera, el Alto Tribunal consideró que del análisis del caso resultaba "una toma de posición favorable respecto a la procedencia del daño punitivo” en el caso concreto, siguiendo al efecto la Doctrina que ya había sentado al resolver en esa misma causa.
Es destacable que la Corte haya considerado que "El iter fáctico reseñado -carta del actor con el reclamo, audiencias de conciliación de donde surgen informes de devolución del “cargo” en examen que no tendrían correlato con la realidad expresada en los resúmenes acompañados y promesas de devolución del “cargo” nunca cumplidas- trasluce claramente un estado de hechos decisivos para la determinación de la procedencia del daño punitivo".
Lo resuelto implicó, por lo tanto, dejar firme la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, sentando un muy valioso precedente para hacer frente a los frecuentes abusos de entidades financieras contra usuarios y consumidores bancarios.
Entrevista al Dr. Gaspar Borra





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